lunes, 5 de mayo de 2014

Neutralidad de Red vs Acceso Prioritario


Hay una fuerte discusión, en México y en los Estados Unidos, sobre Neutralidad de Red contra la discriminación de acceso o también llamado Acceso Prioritario. En ambos países, esta discusión, se relaciona con la regla general que ha de privar en la provisión de servicios de Internet.

La empresa que te da acceso a Internet, llamado Proveedor de Acceso a Internet (en inglés Internet Service Provider, o "ISP") es un intermediario, entre las redes de datos interconectadas, llamadas Internet y tu computadora.

Neutralidad de Red, se define como una obligación del ISP de tratar toda la información de Internet de la misma forma: ya sea que uses tu acceso para ver videos, bajar música, ver páginas o subir archivos o respaldos. También implica que la búsqueda que hagas en Google, Bing u otro buscador tenga la misma velocidad que los otros, o el video de Youtube, Veo.tv o Netflix, reciba en mismo trato de tu proveedor (ISP).

El argumento en favor de la Neutralidad de Red, es que permite un mercado de servicios en Internet competitivo, donde una empresa pequeña pueda competir con una grande, y los nuevos servicios no sean "asfixiados" por los proveedores, o por el pago que una empresa haga para "mejorar" su servicio.

Acceso Prioritario, por su lado, se define como la posibilidad de tratar servicios distintos o de proveedores diferentes, de forma diferente. Si Netflix esta dispuesto a pagar a los ISP por un mejor acceso a tu computadora, que lo haga, y si Bing paga por un mejor acceso que Google a tu PC, que lo haga.

El argumento en favor del Acceso Prioritario, menciona que las empresas que prestan servicios de Internet, suelen pagar poco por el costo de las redes que forman la red, y que un sistema de priorización de tráfico permitiría obligarlos a pagar una parte del costo. También refiere que un acceso prioritario permitiría invertir más dinero para mejorar los servicios de Internet.

En México, la discusión esta centrada en la Iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, misma que prevé un Acceso Prioritario en México, y contra la que la Comunidad de Internautas en México se ha opuesto.

Actualmente, la Iniciativa esta en Comisiones del Senado de la República, y se espera que haya un dictamen de la misma en Junio próximo.

Sin Importar el resultado en el Senado, la Iniciativa aun tiene que pasar por la Cámara de Diputados, antes de su aprobación.



















En los Estados Unidos, la discusión se refiere a los Lineamientos propuestos por la Federal Communications Commissión (FCC), que pretende establecer el Acceso Prioritario. Al respecto, la discusión ha tenido también sus apoyos y detractores.

Sin embargo, la FCC sigue su consulta pública, y los comentarios buscarán informar esta política. Por su parte, Level 3, una de las empresas más grandes de redes de datos, y que forma parte del "núcleo" de Internet, comentó en su blog, hoy que su red no tiene una saturación real.

Los que vivimos en la Ciudad de México, tenemos un ejemplo físico interesante de la priorización o discriminación de tráfico en saturación: el llamado Segundo Piso del Periférico.

Hace unos años, el Gobierno del Distrito Federal, licitó la construcción de un nivel elevado del Periférico, con acceso a través de pago de peaje.

Este segundo nivel, tiene características peculiares: no cambia el trayecto, es decir no reduce la distancia, ni mejora la vía; y el pago lo que te permite es evitar el tráfico del nivel inferior (el nivel público).

En pocas palabras, lo que hace el nivel elevado (Privado), es cobrarte por evadir el tráfico. La Ciudad se beneficia de este arreglo, pues recibe una parte de los ingresos. La pregunta que queda es: ¿Que incentivos tiene la Ciudad para reducir la congestión en la ciudad, si recibe más ingresos conforme más congestión haya?

Este problema puede repetirse en el caso de los ISPs, si pueden cobrar más (por un "servicio premium")si el servicio general es malo, ¿que incentivo tendrían para mejorar su servicio?, ¿Que les impedirá "crear" su propia saturación para obtener mayores ingresos?

Tal vez nada...

miércoles, 19 de febrero de 2014

Puntos esenciales de la Reforma Constitucional en Materia de Transparencia


La reforma constitucional en materia de transparencia se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 7 de Febrero de 2014, pero ¿Sabes que cambios tiene en la materia?

Estos son los puntos esenciales que contiene la reforma constitucional:

Federalización de la Transparencia:


  • Ley General de Transparencia: El Congreso Federal ahora emitirá las leyes que deberán aplicar la Federación, Estados, Municipios y Órganos Constitucionales Autónomos. Esto elimina las leyes locales (estatales) de transparencia.
  • Ley General de Archivos. El Congreso Federal emitirá las leyes sobre la forma de organización y administración de archivos para la federación, estados y municipios. Esta ley general va a homogeneizar los archivos de gobierno en todo el país, y formará el Sistema Nacional de Archivos.




  • Órgano Constitucional Autónomo. El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se convierte en un Órgano Constitucional Autónomo, con 7 Comisionados (ahora tiene 5 Comisionados).
  • Revisión de resoluciones locales. Ahora el IFAI podrá revisar, de Oficio o a petición de los órganos de transparencia de los estados, los recursos resueltos por dichos órganos. La constitución no prevé que dicha revisión sea solicitada por particulares afectados, pero el derecho a solicitar amparo contra resoluciones de transparencia subsiste.
  • Controversias Constitucionales. El IFAI ahora podrá presentar Controversias Constitucionales (ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación) en contra de leyes federales, estatales o del Distrito Federal que vulneren las garantías de acceso a la información y protección de datos personales). No se prevé que pueda presentar controversias por invasión de sus facultades, pero posiblemente no llegue a ser necesario, pues quien se proponga dar mayor transparencia suele ser bien recibido.


Obligaciones de Transparencia y Sujetos Obligados:


  • Nuevos Obligados a Transparencia. Ahora la ley de transparencia y el IFAI tendrán facultad de obligar a cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos; y sindicatos que reciban o ejerzan recursos públicos.
  • Partidos Políticos. Antes, los Partidos Políticos estaban sujetos mediante solicitudes de información al IFE, pero no de forma directa; ahora los sindicatos están sujetos directamente, y son sujetos obligados ante el IFAI (el IFE no estaba sujeto al IFAI, pero ahora lo estará). 
  • Sindicatos. Respecto de Sindicatos, estos no eran sujetos a la ley de transparencia, pero si su patrón (como Pemex o CFE) estaban sujetos, se podía conocer el monto de recursos que entregaban a sus sindicatos (de hecho el Sindicato de Pemex presentó amparos contra las resoluciones del IFAI que obligaban a Pemex a revelar este información). Ahora, si reciben y ejercen recursos públicos estarán sujetos directamente ante el IFAI.
  • ¿Otros? La Constitución también sujeta al IFAI a cualquier persona física o moral o sindicato que "realice actos de autoridad en el ámbito federal", lo que no es una definición clara, y podría incluir a concesionarios de servicios públicos, contratistas de obra o servicios al estado u otros.



Conclusiones

La Reforma Constitucional amplía las facultades y sujetos obligados del IFAI, para permitirle controlar a los órganos que no forman parte del gobierno federal, sino más bien de un "gobierno general" formado principalmente por Órganos Constitucionales Autónomos, lo que incluye al IFETEL, IFE, CFCE, o el nuevo INEE. Esto es excelente, pues cada uno de estos órganos, si bien estaban sujetos a la misma ley, tenían criterios distintos en materia de transparencia y algunos eran particularmente opacos. También se sujeta al IFAI al Poder Judicial de la Federación, y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que también es benéfico.

Si bien es adecuado permitir al IFAI combatir las leyes federales o locales que afecten las garantías de transparencia o protección de datos personales, hay un problema con el doble papel del IFAI, que es a la vez garante de transparencia, y protector de datos personales. No sería extraordinario que una ley o disposición de transparencia afecte la protección de datos personales, y en dicho caso, el IFAI deberá buscar un punto medio o elegir un principio para defender.

La facultad de atraer revisiones de órganos locales de transparencia es muy importante pues permite homologar los criterios de transparencia, pero al impedir que los particulares soliciten esta atracción, se deja a los propios órganos locales (y al IFAI) elegir que temas son de importancia y trascendencia. Sería deseable que la nueva Ley General de Transparencia prevea una opción para solicitar al IFAI la atracción de recursos que se consideren relevantes.

El Amparo siempre ha sido la verdadera última línea de protección de la transparencia en todos los niveles de gobierno. Es poco común controvertir una resolución de transparencia ante los Tribunales Federales, por el costo (monetario o de esfuerzo) que ello demanda, pero es importante recordar que bajo la nueva Ley de Amparo prevé instituciones interesantes como interés legítimo y garantías basadas en tratados de derechos humanos, y que en materia de transparencia, todos están sujetos al Poder Judicial de la Federación.

En fin, la reforma es muy interesante y abre oportunidades importantes para generar nuevos niveles de transparencia y responsabilidad de los funcionarios, no sólo federales, sino también locales. 

Por otro lado, es importante notar cómo una "generalización" de ciertos sectores erosiona (para bien o para mal) el federalismo que prevé la constitución. Esto sucede ya con temas contabilidad gubernamental, transparencia (y archivos), educación, delitos y penaselecciones y partidos políticos y otros.

viernes, 24 de enero de 2014

Sensibilidad Electromanética, y Radiación Electromagnética


Francia es, bajo mis pobres estándares, uno de los países más civilizados del mundo. Sin embargo, en todos lados suceden cosas inexplicables, y la paranoia o ignorancia abundan en todos los lugares del mundo.

El periódico Le Monde, reportó (enlace en Francés) recientemente que el gobierno francés, y específicamente la Asamblea Nacional (Cámara baja del congreso), aprobó recientemente una iniciativa de ley, que buscaría controlar y limitar la exposición a radiaciones electromagnéticas, con diversas medidas, que van de limitar el nivel de radiación electromagnética en el territorio francés, evitar el uso de aparatos transmisores en guarderías y escuelas preescolares (ni celulares, ni dispositivos Wi Fi o Bluetooth), y dar facultades a los alcaldes de las ciudades para impedir la instalación de antenas transmisoras, entre otras.

El gobierno francés admite que no hay evidencia científica alguna que indique que la radiación electromagnética no ionizante (frase hiperbólica que significa las transmisiones de celulares, microondas etc.) pueda ser dañina para la salud, ni en el corto, ni en el largo plazo. La Organización Mundial de la Salud, la incluyó en una lista de sustancias o productos que podrían ser causantes de cáncer, pero aun así, la OMS ha declarado que, después de 20 años de investigación, no hay evidencia de que el uso de aparatos como celulares cause efectos adversos a la salud.

Uno de los argumentos más fuertes esgrimidos por los defensores de esta ley en Francia, es la Hipersensibilidad Electromagnética, un padecimiento muy peculiar, donde algunas personas reportan sufrir efectos como dolor de cabeza, mareos y nausea ante la presencia de campos electromagnéticos. Sin embargo, todo parece indicar que este fenómeno es más un síndrome psicosomático que una padecimiento real. Esto porque la misma OMS reportó que "no hay razones para relacionar los síntomas de la hipersensibilidad electromagnética con la presencia de campos electromagnéticos". Esto debido a diversos estudios que indican uqe los pacientes que sufren de Hipersensibilidad Electromagnética, reportan los mismos síntomas, ya sea que sean expuestos a un campo electromagnético o no, siempre que se les diga que así es (Este es un reporte de uno de estos estudios).

Hay que notar que la OMS y los estudios no indican que los síntomas no existan, sólo que no hay relación entre los síntomas y los campos electrónicos; sino más bien entre la creencia del paciente de que esta en un campo electromagnético y los síntomas.

Como una más interesante de entender este fenómeno, este vídeo (inglés) puede ser muy ilustrativo:


Finalmente, me parece lamentable que el pánico y la falta de información puedan afectar el futuro de las telecomunicaciones que todos hemos llegado a aceptar y necesitar, ante el temor infundado de lo que podría pasar, sin que haya evidencia para ello. La propuesta de ley esta ahora ante el Senado de Francia y esperemos que ahí vea una muerte tranquila y libre de interferencias.

Un saludo,

lunes, 20 de enero de 2014

LImbos en el Instituto Federal de Telecomunicaciones


La Reforma Constitucional de Junio pasado, Creó y previó la existencia de un Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL). Dicho instituto tendría "tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones".

Sin embargo, la reforma también previó la aprobación y publicación de una Ley Secundaria que "regule de manera convergente, el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones". Esta regulación secundaria no se ha aprobado aún, pero el IFETEL ya existe y esta trabajando, y más aún, trabaja contra reloj para cumplir con plazos que le impuso la misma Reforma Constitucional.

En este sentido, hoy hay algunos temas que quedaron en el aire y que seguirán en el aire, mientras la Reforma Constitucional no se complemente con una legislación secundaria. Estos son, en mí opinión, algunos de los temas que aun no tienen una respuesta clara:

1.- Facultad de sanción. 

La Ley Federal de Telecomunicaciones faculta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para imponer sanciones (multas y revocación) a concesionarios de telecomunicaciones, y la Ley Federal de Radio y Televisión faculta a la misma Secretaría, a través de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (que era parte de la misma Secretaría) a imponer sanciones a concesionarios y permisionarios de Radio y Televisión.

La Reforma Constitucional indica que el IFETEL es el encargado de regular y supervisar los servicios y operadores de telecomunicaciones y radiodifusión. Y una interpretación es que esto lo faculta a imponer sanciones a unos y otros. Pero por otro lado, la imposición de sanciones es de interpretación estricta, y se requiere una facultad expresa para poder imponer sanciones, expresa en cuanto a quien y como sanciona y que actos y con que sanciones se puede sancionar.

Mientras la legislación secundaria no otorgue esta facultad al IFETEL, su posibilidad de imponer sanciones estará en un fundamento muy débil.

2.- Regulación Asimétrica (Obligaciones Específicas).

La regulación asimétrica, es decir la que se impone al operador dominante (o preponderante, en el lenguaje de la Reforma Constitucional), es una que nunca se ha aplicado en México. En parte, porque nunca se pudo declarar la dominancia de ningún actor en este sector (casi siempre Telmex).

La teoría en este sector (telecomunicaciones) es que, la entonces Comisión Federal de Telecomunicaciones, una vez declarado el Poder Sustancial (dominancia), llevaría un procedimiento en Términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y como resolución, se impondría la regulación asimétrica.

La Reforma Constitucional amplía mucho las facultades del IFETEL para imponer regulación asimétrica, e incluso lo faculta para declarar el poder preponderante de un actor económico. Sin embargo, no estipula si ambos actos (declarar preponderancia e imponer regulación) son un mismo procedimiento o dos. La Ley Federal de Competencia Económica únicamente regula el primero (preponderancia), y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, aplica únicamente a la Administración Pública Federal, y no al IFETEL que es un organismo constitucional autónomo.

En todo caso, la regulación asimétrica, es una regulación de altísimo impacto para el operador dominante y su aplicación podría ocasionarle grandes pérdidas financieras que (si no se impone adecuadamente la regulación) podría terminar pagando el mismo regulador, especialmente si no hay suspensión de la regulación durante el juicio (como lo prevé la Reforma Constitucional) que seguramente se presentará en su contra.

La legislación secundaría debería (pero no sería impensable que lo omitiera) regular estos procedimientos, especialmente considerando el enorme peso que la regulación asimétrica ha tenido en diversos países para equilibrar la competencia en este sector.

3.- Red Compartida.

Finalmente, la Reforma Constitucional prevé la creación y/o expansión de dos redes estatales de telecomunicaciones, una troncal (sobre la actual red de CFE Telecom) y una compartida.

En la primera red, la reforma es breve, y deja mucho del proyecto en manos del congreso y ejecutivo (que deberán ponerse de acuerdo en qué quiere decir la reforma en este sentido y asignar los recursos necesarios).

En la segunda, la Red Compartida, la Reforma Constitucional impone diversos principios y reglas, que complementa con la cuasi-asignación (aun debe asignarla formalmente el IFETEL) de la Banda 700 MHz. Pero la legislación deberá clarificar la forma, plazos, participantes y recursos asignados (financieros y técnicos) para su construcción, operación y financiamiento.

La forma en que el congreso y el ejecutivo den forma a estas redes, es la base para determinar si las mismas serán un apoyo al sector y conectividad del país, o si como muchas otras empresas, será hundida por la tradicional incapacidad del estado de manejar negocios de forma responsable.


Finalmente, estos y otros temas, fueron tratados en diversos foros, entre ellos el Foro llevado a cabo por la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados.

jueves, 21 de febrero de 2013

Que es el Internet?


Es común referirnos al Internet como una nube, que une de forma casi "eterea" a todos los equipos, gadgets, smartphones, PCs, Lap Tops y aparatos del mundo. Algo que se ve como esto:


Sin embargo, esto es una simplificación de la realidad. En principio, Internet no es una cosa, es un conjunto de protocolos que comunican equipos y computadoras. El Internet que conocemos, es el enorme conjunto de computadoras que usan estos protocolos, y que están conectadas entre sí.

La clave es que todas las computadoras que están en internet, están necesariamente conectadas entre sí. Si me comunico con un amigo en Europa, Estados Unidos o en otro lado, es gracias a que nuestras compuadoras están conectadas a través de inmensas redes de comunicación.

Para esto, les dejo este video de Andrew Blum en Ted Talks, quien escribió el libro "Tubes", y habló un poco de lo que descubrió sobre lo que es el Internet:



Como corolario al video, también quiero pasarles este enlace, al Mapa de Cables Submarinos Internacionales. Es muy interesante.

Esto se los dejo para que recuerden que el internet es algo muy real y físico que construimos como humanidad (y que seguimos construyendo).

Saludos.

lunes, 3 de diciembre de 2012

Populismo y Políticas Publicas


Se supone que las políticas públicas deben seguir el interés popular. Esto si entendemos las políticas públicas como las acciones del estado en favor de la población, y el interés popular como las necesidades e intereses de la población.

Sin embargo, esto no siempre sucede... o mejor dicho, casi nunca lo hace. Esto porque a diferencia de las personas, el "pueblo" (origen de la palabra popular), no tiene las mismas características de sus individuos. Mucho se ha estudiado de la "mentalidad de la turba", donde los individuos y el grupo en una turba hacen cosas y acciones que no harían de forma individual.

Otro problema adicional es el tiempo; las políticas públicas deben contemplar las mejores acciones, a través del tiempo, lo que la gente no suele tener en cuenta. Las demandas populares comúnmente suelen tener demandas por cosas como menores impuestos y mayores servicios; demandas que a la larga son incompatibles, pero que son posibles en el corto plazo. Las políticas públicas deben evitar seguir este tipo de demandas.

Un elemento a considerar es la complejidad. No voy a decir que las políticas públicas son demasiado complejas para la mayoría de las personas, sino todo lo contrario. Una política pública que no puede explicarse de forma relativamente breve y clara a las personas no puede ser la mejor. Pero la complejidad no es fácil de transmitir a un grupo amplio. la "turba" no es un grupo capaz de absorver y tolerar argumentos relativamente complejos, sino sólo las ideas más simples y directas; máxime cuando la "turba" se suele formar por demandas simples y generalmente urgentes. Las protestas y demandas suelen surgir frente a temas tan urgentes y sensibles, como para movilizar a una gran cantidad de gente.

Por ello, los políticos, gobiernos y la población en general no deben seguir las demandas populares sin reflexionarlo; la turba sabe menos que lo que sabe cada uno de los individuos que la conforman.

Caso Europeo

La Crisis Europea nació de un problema similar (si no el mismo). Las demandas populares de mayores servicios y menores impuestos (a través de sindicatos, empresas, y grupos populares) fueron atendidas por gobiernos populistas, que barrieron bajo el tapete las advertencias de política pública sobre el endeudamiento de largo plazo. Esta situación duró al menos desde principios de los 90's (en algunos casos casi 20 años).

Cuando la recesión originada en los EUA frenó el crecimiento de Europa, con el resto del mundo, algunos gobiernos tenían deudas insostenibles; por ejémplo: Según la OCDE, Grecia, Italia, Portugal, Irlanda y Bégica, tienen deudas gubernamentales superiores al valor total de su economía anual (PIB); y Francia, Alemania, Reino Unido y Austria, tiene deudas superiores al 75% de su PIB. Para ser exactos, las deudas son: Grecia debe 147% de su PIB, Italia (126%), Portugal (103%), Irlanda (102%) Bélgica (101%), Francia (94%), Alemania (87%), Reino Unido (82%), y Austria (79%).

Más grave que la deuda, es seguir cavando: según la misma OCDE, el déficit anual de: Irlanda (32% del PIB), Grecia (10%), Reino Unido (10%), Portugal (9%), España (9%), y Francia (7%), pone a Europa como el minero que para salir de la mina, sigue cavando para abajo.

Hoy hay protestas (muy fuertes) en contra de los recortes presupuestales; pero la realidad es que sus gobiernos están tan endeudados, que no son ya sujetos de crédito. Las tasas de interés en estos países son ya impagables para el gobierno: Grecia (9% anual), Irlanda (6%), y Portugal (5%). Estos países pagan  por su deuda intereses más altos que los que paga México por su deuda (4.8%).

Ese es el peligro de tener políticos que en lugar de hacer políticas públicas, sólo hagan políticas populistas: al final, todo se paga, y un buen gobierno deja una empresa (o gobierno) funcional, y no uno insostenible. Al final, lo que no pagamos hoy, lo pagaremos mañana (con intereses) o incluso nuestros hijos.


Cuídense.

jueves, 29 de noviembre de 2012

7 reglas para detectar ciencia "ficción".


En la época de la ciencia, los mitos "científicos" y las ideas de ciencia extraordinaria pueden engañar a muchos de nosotros. En este sentido, Robert L. Park, enunció los "Siete signos de alerta sobre ciencia fraudulenta". Si quieren pueden leer directamente el artículo (Seven Warning Signs of Bogus Science), pero para los menos interesado,s les doy una breve traducción libre de los siete signos:

1.- El inventor comunica su descubrimiento directamente a los medios.

La mayoría de los científicos serios trata de comunicar sus descubrimientos a la comunidad científica en primer lugar, para dar la posibilidad de duplicar o revisar dichos descubrimientos, antes de darlos a conocer a los medios. Un inventor que evita este paso, suele hacerlo para evitar esta revisión o duplicación de sus investigaciones, porque seguramente no podría sostener su "descubrimiento".

2.- El descubridor dice que alguien (el gobierno, los poderes fácticos, etc.) tratan de suprimir su invención.

Este reclamo suele incluir a la misma comunidad científica. Pero es irracional suponer que una conspiración de semejante tamaño podría impedir la acción de todos los científicos del mundo, salvo uno. Cuando alguien indica una gran conspiración en su contra, es un signo claro de que miente (o peor).

3.- El descubrimiento siempre esta en los límites de la detección.

un ejémplo clásico, son las fotografías borrosas u obscuras del Yeti, del monstruo del Lago Ness, o de OVNI's de todo tipo. Cuando no hay evidencia seria, nítida o incontrovertible, el ruido puede hacer parecer algo totalmente normal con algo totalmente falso. Un ejemplo, es la búsqueda de Pie Grande, que contrario a toda la evidencia científica EN CONTRA DE SU EXISTENCIA, sigue siendo buscado por fanáticos.
4.- La evidencia del descubrimiento es anecdótica.

La ciencia funciona a base de experimentos controlados y repetibles, con grupos de control. La evidencia anecdótica, es errática (todos sin quererlo alteramos nuestros recuerdos), y no puede sujetarse a control. Si un descubrimiento no puede ser demostrado (o refutado) mediante experimentos o evidencia controlada, es seguramente falsa (mismo caso que con Pie Grande y los OVNI's.

5.- El descubridor dice que un descubrimiento es creíble porque es una creencia milenaria.

Si hay una creencia/cura/conocimiento milenario, que no puede ser demostrado por la ciencia, seguramente es falso también. Los mitos respecto de culturas, o ciencia pasada, difícilmente puede ser cierto si la ciencia no lo ha demostrado de forma independiente. Un mito que yo mismo creí hasta hace poco, es que los calendarios mayas, origen del mito del fin del mundo en 2012, eran tan exactos o más que los actuales, cuando esto es científicamente falso.
6.- El descubridor trabaja en aislamiento.

Los descubridores y científicos de hoy, suelen trabajar en grupos, dentro de comunidades. Muy pocos descubridores actúan solos. De hecho, la mayoría de los descubrimientos es el resultado del trabajo de muchas personas.

7.- El descubridor sólo puede explicar su invento/descubrimiento cambiando las leyes de la naturaleza o la física.

Una nueva ley de la naturaleza o descubrimiento debe poder funcionar y coexistir con las leyes naturales actuales, si hay necesidad de cambiar o reinventar las leyes naturales para explicar un descubrimiento, seguramente es falso.

Si bien esta lista fue concebida por Park, originalmente, para ayudar a los jueces para distinguir entre expertos serios o no tan serios, es una gran ayuda para todos, para ser escépticos respecto de "grandes invenciones o descubrimientos" que pueden surgir en los medios y en la sociedad.

Finalmente, los signos anteriores no son absolutos, Un descubrimiento serio podría caer en varios de los signos. Pero sería muy poco probable.

Cuídense.