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martes, 14 de abril de 2020

Pandemia y Gobierno Digital (2020)

El COVID-19 y los medios de protección que se han tomado a nivel mundial (México incluido), nos han dejado grandes cambios y lecciones. 

Entre los particulares, el aislamiento social obligó a las empresas a reconocer que empleados pueden realmente trabajar desde casa, y cuales no. Obligó (en mi oficina también) a explotar al máximo los medios remotos de trabajo, desde plataformas de conferencias en línea, hasta servicios de almacenamiento en nube.

Como nosotros (mi oficina) somos abogados, no podemos, por motivos de confidencialidad, trabajar usando plataformas en línea como Dropbox, Box, y otros. Pero sí explotamos el servidor que tenemos para permitir el acceso codificado a los archivos (y lo seguimos haciendo). Haber trabajado en el pasado para digitalizar los expedientes y bases de datos, nos ha sido de particular utilidad.

También ha sido de gran utilidad aprovechar los medios que ya se tenían en uso para algunas actividades y extenderlas a otras actividades.

Sin embargo, estas experiencias, que he vivido y escuchado con frecuencia en estos días, no se han visto en el Gobierno, donde hoy, son más necesarias que nunca. Hay áreas donde ya hay mecanismos para permitir el trabajo remoto, y no se han utilizado, o no se han extendido tanto como sería posible.

Me explico:

  • El Poder Judicial Federal, así como el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ya tienen procedimientos y mecanismos para llevar Juicios completos en linea.
El Poder Judicial tienen medios remotos para llevar Juicios penales y de amparo en línea. Sin embargo, no ha buscado extender estos medios a los procedimientos civiles o mercantiles que lleva el Poder Judicial Federal, lo que requeriría pocos recursos adicionales y sólo una explotación mayor de los actuales.

El Sistema de Firmas Electrónicas (Firel) no esta limitada a ciertos procedimientos, sino a todo el Poder Judicial Federal, lo mismo sucede con el sistema de expedientes digitales (SISE) que aplica a todos los tribunales del Poder Judicial. En este sentido, extender los trámites en línea a todos los procedimientos sería un cambio de forma y no de fondo.

Finalmente, no se requeriría de una reforma legal para extender estos mecanismos, que ya están previstos en ley, desde hace años y sólo requieren acuerdos de la Judicatura Federal para su implementación.

Entre el Poder Judicial Federal y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, todo el poder Judicial Federal (salvo las Juntas Laborales y Tribunales Agrarios) ya podrían operar el línea, y levantar, al menos en línea la suspensión de garantías que de facto significa la suspensión de labores de estos tribunales.
  • El Sistema de Administración Tributaria con la e.firma y el Buzón Tributario, ya se usan para diversos trámites; y la plataforma SIGER ya se usa en varias dependencias federales para hacer trámites en línea.
Así es, el SAT, que tiene el Buzón Tributario y la e.firma (Antes FIEL, FEA, etc.) se usan para pagar impuestos... y consecuencias; pero también para diversos trámites ante dependencias federales, incluida la plataforma SIGER que utilizan la Secretaría de Economía, Varios registros públicos estatales y otras secretarías de estado federales.

Otras dependencias, como IFT, CFCE, SFP y otras, han hecho avances en los últimos años para digitalizar sus ventanillas y trámites. El SAT ha permitido a varias de ellas el uso de la e.firma, sin compartir datos sensibles, ni comprometer su seguridad (mediante applets normalmente).

Sería relativamente simple que las dependencias crearan una "Ventanilla Virtual" o una "Oficialía de Partes en Línea" donde en una pagina se pudiera cargar un texto y/o un archivo de PDF, RTF o Word, y firmarlo en la misma página con la e.firma del SAT del promovente. 

De este modo, se podría 
  • Correo electrónico y notificaciones.
Por otra parte, muchas dependencias (y la ley de Procedimiento administrativo) ya permiten la notificación por correo electrónico. Esto tiene el inconveniente de no tener la seguridad de la recepción de la notificación. Pero en este sentido hay tres opciones posibles:

1. Que se notifique mediante Correo electrónico la existencia de un documento y que para descargarlo, se requiera un link contenido en el propio correo. En este caso, el sistema de la dependencia registraría la descarga, generaría un "Sello Digital" y daría seguridad de la recepción del documento.

2. Que se notifique mediante Correo electrónico la existencia de un documento y que para descargarlo, se requiera ingresar la e.firma del notificado. Esto también podría generar un certificado o aviso que drapea constancia en caso de duda.

3. Si ya se esta usando la e.firma para trámites, sería posible (aunque se requeriría una reforma legal o reglamentaria) que él SAT  "preste" el Buzón Tributario para realizar las notificaciones sensibles (emplazamientos, ordenes, sanciones, etc.).

Ello daría certeza y no requiere nuevas tecnologías, ni la extensión significativa de las actuales. Por otra parte, forzaría al Sat a convertirse en un monstruo aun más grande y genera ciertos problemas de privacidad. También hay que considerar que muchos contribuyentes permiten a sus contadores o asesores fiscales el uso de su Buzón Tributario, y en estos casos, podría generar problemas de aplicación en los gobernados.


En todo caso, en tiempos del COVID-19, es necesario considerar que:

- El periodo de contagio del virus es de aproximadamente tres semanas,
- Las medidas de aislamiento en países como China, Italia y España han durando entre 35 y 75 días, es decir entre un mes y dos meses y medio. 
- China tomó medidas que en México seria incluso Inconstitucionales. 
- Italia y España con medidas menos agresivas calculan que tendrán que esperar entre 6 y 8 semanas de aislamiento antes de salir adelante. 
- En México, la Secretaría de Salud, calcula que la fecha de máxima infección sería en Junio (cuando ya tengamos tres meses de suspensiones) y la conclusión de los casos hasta octubre.

Por ello, es esencial ir buscando medios de reactivar en lo más posible, las actividades de gobierno y justicia, sin la necesidad de eliminar o reducir las medidas de distanciamiento que sean necesarias.

En este caso, hay medios simples y que ya están en operación que permitirían mover diversos procesos y trámites de gobierno a vías remotas, y facilitar la reactivación de ciertos temas.

No intenté resolver temas de otros poderes, estados o dependencias, dado que muchos de ellos, como los tribunales locales no tienen medios adecuados aun para este tip ode avances y requerirían tiempo y recursos que no tienen ahora. En todo caso me centré en medios que ya existen y que no requieran grandes inversiones adicionales, para apalancar estos procesos, y que podrían ayudar, sin que se requieran recursos adicionales significativos.

Un saludo,




Aprovechando (en lo posible) la Cuarentena del COVID-19


En el encierro que es la "Sana Distancia" y el COVID-19, decidí aprovechar un poco el tiempo y hacer algunas cosas que he dejado pendientes por años.

En esta lista estaba la publicación de los dos libros que he escrito (siempre por una obligación u otra), y que ahora ya están (auto) publicados.

El Primero es (2006) un Análisis de la Comisión Federal de Telecomunicaciones como órgano Regulador de las Telecomunicaciones en México. Por si les interesa, les mando los accesos:



El Segundo es (2013) un análisis del Litigio Regulatorio en México:



Les prometo actualizar este post si logro más medios de difusión.

Un saludo,

jueves, 13 de diciembre de 2018

La Ley de Remuneraciones y las Instituciones en México

Si uno estudia la historia de México, rápidamente se descubre qué en nuestra historia, siempre se habla de nombres y personas, pero muy pocas veces de las Instituciones. Puede ser accidental del estudio de la historia en general, pero la historia del siglo pasado en México indica que es una cuestión central en México, no somos un país de Instituciones, sino de personas.

En México, hablamos de la historia reciente dividida en sexenios: lo que cada Presidente del país quiso hacer y lo que logró o sucedió en su mandato. Incluso a nivel histórico, los primeros cien años de historia de México es una historia donde cada líder, grupo o facción rehízo el país a sus designios, y de ahí la existencia de mas de 15 textos de nivel constitucional entre 1821 y 1880. 

Después de la Revolución Mexicana, la única institución que fue inmutable a través del tiempo y presidentes era el PRI, la institución que daba sentido a todas las demás, y a cubrir el caudillismo nacional. 

Cuando todas las autoridades y funcionarios, que deberían ser pesos y contrapesos entre sí, son del mismo partido, y dicho partido (y autoridades) están bajo el control del presidente en turno, la dictadura perfecta disfrazó a los caudillos de presidentes, pero manteniendo su poder absoluto, y dejando sólo en papel el mecanismo de controles constitucionales.

Cuando el PRI perdió la presidencia, en el año 2000, algunos nos imaginamos que el PRI desaparecería, pues el poder, su obtención, conservación y distribución, fue siempre su única razón de ser. Sin embargo, el PRI se levantó en su búsqueda de recuperar el poder, y lo consiguió después de 12 años en los que muchos descubrimos que el sistema constitucional que nuestra carta magna propone no era tan funcional o práctico como imaginábamos. La existencia y el manto del PRI cubrió y encubrió lo disfuncional de muchos mecanismos del sistema constitucional. 

Los 12 años de presidencia del PAN corrigieron muchas incongruencias del sistema constitucional, a este periodo le debemos el Sistema electoral (INE, TEPJF, OPRs, etc.), de transparencia (INAI), reguladores semi-independientes (CRE, Cofetel, Cofece, Condusef, etc.) y otros más. También se obtuvo un paulatino desvanecimiento del sistema federal. El sexenio pasado, con todos sus defectos (y son muchos), se fortaleció a la mayoría de las instituciones.

Pero el pasado mes de Julio, por primera vez desde 1997, un solo partido político tomó el control (democráticamente) de las dos cámaras legislativas y la presidencia, Morena tomó el control de todo el sistema político, de 17 congresos estatales y cerca de 10 gubernaturas. Por primera vez desde hace más de 20 años, tenemos un partido que controla la mayoría de las instituciones políticas del país, desde que el PRI las perdió desde 1997.

Y la pregunta que algunos nos hacemos (o al menos yo), es si los últimos 20 años, México dejó de ser un país de caudillos y líderes, y pasó a ser un país de instituciones. 

Las primeras decisiones del nuevo ejecutivo parecen algo ambiguas en este sentido; la Ley de Remuneraciones parece un golpe contra las instituciones, su independencia, el profesionalismo del servicio civil y los derechos humanos y laborales del servicio público; la cancelación del NAICM fue ciertamente un ataque a los mercados y sector empresarial. Pero en ambos casos las instituciones, parecen estar resistiendo la embestida: los inversionistas del NAICM se oponen a los caprichos (que hasta ahora eso han sido) de la nueva administración; y el servicio civil, varias instituciones y el Poder Judicial, se resisten al golpe de la reducción de Remuneraciones al servicio civil. 

La Ley de Remuneraciones, desde mi perspectiva y en su premisa pública de buscar reducir el costo de la administración, es un golpe a las instituciones, porque desconoce el valor del servicio civil y daña el avance de este servicio civil a la institucionalización.

La Ley de Remuneraciones trata a todo servidor público como un ladrón o arribista, y le niega el respeto que se merecen. Llamar Fifí o ladrón a todo Servidor Público, protege a los que sí son ladrones, o abusivos dentro de un manto que acusa a todos y castiga a todos, por el daño de algunos. En otros países, y en México, el Servicio Civil es una institución de personas honestas y capaces, que mantiene la continuidad del Estado, a través de los cambios y mareas políticas y democráticas. 

Un servicio Civil fuerte es lo que permite en el Reino Unido que el Primer Ministro cambie de partido en menos de una semana, sin un caos o parálisis. En Estados Unidos es el principal freno a los caprichos de Trump, y en México debe ser el motor del cambio y la evolución, pero freno de caprichos y arbitrariedades, tanto de este gobierno, como de los próximos.

Pero para ello, debemos respetar el Servicio Civil como institución, a la vez que perseguimos y filtramos a los malos servidores públicos que existen. La Ley de Remuneraciones, al negar el respeto del Servicio Civil, da a los Servidores Públicos el mensaje de que no son valorados, y que su labor no es entendida o valorada.

Cuando un profesionista debe o deba decidir entre el Servicio Civil y la Iniciativa Privada, la Ley de Remuneraciones y el recorte de salarios le indicará que, si tiene ganas de crecer, o intenciones de ser valorado, debe evitar el Servicio Civil a toda costa; pero si lo que busca es comodidad en la mediocridad, o el poder, ya sea por favores, oportunidades de corrupción o para su beneficio personal, entonces el Servicio Civil lo va a proteger y permitir ambas.

Hay muchos funcionarios corruptos, abusivos, mediocres o incapaces en la Administración Pública, pero la única forma de sacarlos del ahí, es mediante el respeto y exigencia del Servicio Civil. Si hoy recortamos los salarios del Servicio Civil, sólo se logrará expulsar a las personas capaces, capacitadas y valiosas de la administración, y se conservará a los elementos mediocres, corruptos o abusivos del sistema, y nada puede dañar más a las instituciones, que privarlos de personal capaz, y saturarlos de los peores elementos que se tiene.

Se que el mandato popular es fuerte y estoy convencido que el nuevo gobierno puede hacer grandes cosas, pero temo honestamente que el caudillismo nacional resurja de sus cenizas, y que las instituciones se rompan, o “doblen” ante el nuevo partido hegemónico.

Yo por mi parte, aunque tengo fe en la democracia y sus virtudes, soy un firme creyente de las instituciones (que son siempre perfectibles), y creo que, si Morena piensa llevar el país a un futuro mejor, debe hacerlo dentro y con sus instituciones, las que le gustan, y especialmente las que no les gustan. Y como ciudadano trataré de defender y apoyar las instituciones, pero también de apoyar, cuando así proceda apoyar al nuevo gobierno (por el que no voté, pero reconozco ganador y apoyaré), siempre dentro y con las instituciones.

lunes, 27 de noviembre de 2017

Código Binario - Interconexión Asimétrica

Este mes, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) estableció las tarifas de Interconexión que las empresas de telecomunicaciones tendrán que pagar a Telmex y a Telcel por comunicarse con los usuarios del Territorio Telcel.

La tarifa del Ifetel es asimétrica, Telmex y Telcel pagarán 4 veces más por la Interconexión, de lo que la competencia les pagará a ellos.

Esta decisión, no es la que hubieran deseado Telmex y Telcel, ni sus competidores… ni es la que el Ifetel hubiera elegido. Esta decisión se da por una orden de la Suprema Corte, que prohibió al Ifetel regalar la Interconexión de Telmex, que hasta este año fue gratuita, por una disposición de la Ley de Telecomunicaciones, que la corte determinó como inconstitucional.

Las tarifa que el Ifetel resolvió, y su asimetría, entre América Móvil (Telmex-Telcel) y su competencia, en cierto modo también las determinó la Corte.

La Corte ordenó que se resolviera una tarifa de interconexión, basada en un modelo de costos, y que incluyera la asimetría entre América Móvil y sus competidores.

Conforme a dicha orden, el Ifetel usó el mismo modelo de costos para resolver las tarifas de Telmex y de sus competidores, pero al momento de “alimentar” ese modelo, consideró las diferencias entre Telmex y su competencia. Debido a las economías de escala que son inevitables en este sector, esas diferencias entre el preponderante y sus competidores cambian sustantivamente el resultado que arroja el modelo para cada caso.

Al final, estas tarifas son distintas a las que todos quisieran. El Ifetel quisiera haber mantenido la tarifa cero, pero no pudo justificarla ante la Suprema Corte; Telmex hubiera querido una tarifa simétrica, donde se paguen las mismas tarifas por el mismo servicio; y la competencia hubiera querido que la nueva tarifa del Ifetel fuera nuevamente de cero, pero ningún modelo de costos permite prestar un servicio sin costo alguno.

La resolución del Ifetel se hizo para cumplir con una orden judicial. El Ifetel, aunque pudo impugnar el artículo inconstitucional hace un par de años, no lo hizo y prefirió aplicarlo. Telmex lo impugnó y el Ifetel no pudo defenderlo.

Pero el ejercicio del Ifetel, más allá de la obligación que busca cumplir es un ejercicio interesante, para recordar que el Modelo de Costos del Instituto (como cualquier modelo de costos) es tan benévolo como la información en que se base.

Un cambio en cobertura geográfica, tecnología, espectro usado, usuarios, o incluso utilidades esperadas o intereses para créditos, pueden variar el resultado de forma impresionante.

Por más que el Ifetel diga que su modelo es correcto (y podría serlo), todo modelo de costos es susceptible de una manipulación, sutil… o no tan sutil.

Hay que recordar que las tarifas de Telmex y de su competencia salieron del mismo modelo, sólo con información distinta.

Así que es importante recordar que las tarifas para 2018, como todas las que resuelve el Ifetel, están basadas en modelos económicos serios; pero siempre serán susceptibles de ser manipulados, de forma deliberada o incluso inconsciente.

jueves, 9 de octubre de 2014

Privacidad y la Segunda Forma de CIudadanía


La situación.

La reciente publicación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para muchos de los que seguimos estos sectores (telecomunicaciones, Radiodifusión, Derecho Administrativo, etc.) incluyó un tema preocupante: el espionaje de los ciudadanos, de forma oficial, sistemática, constante y concesionada.

Los artículos 189 y 190 de la LFTR, prevén que los operadores de telefonía (y otros servicios) creen y mantengan un registro de todas las comunicaciones que se lleven a cabo por los usuarios, así como informar a las autoridades que lo soliciten, la ubicación geográfica de un dispositivo móvil, en tiempo real.

El registro de comunicaciones, registraría de cada llamada o mensaje de texto, la fecha, hora y lugar donde se origina la llamada, la duración de la llamada o longitud del mensaje, la marca y modelo del equipo utilizado, y otros datos sobre la comunicación. A esta información, se le ha llamado metadatos, y el argumento a favor, es que no se graba la llamada, ni se copia el mensaje mismo, sólo los datos del mismo. El gobierno americano lo asimila a "leer el sobre de una carta, y no la carta en sí". Pero una lectura de los meta-datos, una como la que tienes en tu teléfono móvil, pronto te demuestra un cuadro distinto. Con la información de tus "llamadas anteriores", no se requiere mucho ingenio para dibujar tu vida, en un grado que no te gustaría que nadie conociera.

Esta preocupación no es exclusiva de algunos interesados, pues es una preocupación de muchas personas en muchos sentidos.

Así, un grupo de personas, tomamos la decisión de presentar una impugnación judicial contra estas medidas. En esta idea fuimos precedidos por Marcelo Ebrard Casaubón, quien hace un par de semanas, presentó un juicio similar, y propuso que se presentaran más.

No soy partidario de Marcelo, pero la idea me parece correcta. La ciudadanía en México es muy deficiente, en gran parte por culpa de los ciudadanos y nuestra educación. Se nos enseñó en la escuela que ser ciudadano era votar en las elecciones, y probablemente participar en el servicio militar (que en México no es gran servicio y no tienen nada de militar).

Pero ser ciudadano es ser parte de su sociedad, y participar, opinando y expresando tu opinión, sea que se te pida o no. Ser ciudadano es también vigilar a tus gobernantes. El Leviathán que ideó Hobbes es un mal necesario, pero sólo es útil al hombre, cuando esta fuertemente vigilado.

El Amparo.

El juicio de amparo es una forma de expresar nuestra opinión y ejercer esa función de vigilancia sobre nuestros gobernantes. Y obliga al Poder Judicial a expresar su opinión, y en su caso, a ejercer ese control sobre las autoridades.

Así, el amparo referido, versa sobre tres puntos fundamentales:


  1. La vigilancia y seguimiento de las personas viola el derecho a la privacidad e intimidad de los mexicanos. Las medidas dispuestas obligan a los operadores a genera runa base de datos de cada usuario que va a contener información privada que invade nuestra intimidad. El acceso irrestricto que la ley prevé para todas las autoridades, implica que todas ellas (al menos 66) tengan acceso a nuestra vida personal, sin siquiera la obligación de justificar la invasión a la vida privada. Esta invasión no tiene justificación y no tiene límites, y por esto, de facto, elimina el derecho a la privacidad ciudadana.
  2. La vigilancia y seguimiento es una violación del derecho a la protección de datos personales. Y un riesgo irresponsable. Las medidas ordenan a todos los operadores, comercializadores y prestadores (más de 50 empresas) a registrar y mantener la base de datos de todos nosotros, por dos años; después obliga a que esta base de datos, este a disposición de las autoridades (más de 66); y esta disposición será por medios electrónicos y en tiempo real (Internet). No hay forma de que más de 50 empresas y más de 66 autoridades, puedan manejar este sistema sin que se fugue información, se pierdan claves o control o se hackée la información. Cuando esta fuga se dé, el responsable será irrelevante, pues una vez que nuestra vida privada sea pública, no hay forma de revertir el proceso. El daño que causaría el robo, extravío, hackeo o venta de nuestra información, sería total, e irreversible, y la pregunta no es si va a suceder, con este sistema, la pregunta es cuanto va a tardar.
  3. La vigilancia es una violación del debido proceso legal. Las disposiciones ordenan la vigilancia y seguimiento de todos los mexicanos, convirtiendo a cada mexicano en un sospechoso, y tratando a cada uno como un delincuente condenado, cuando ni siquiera se nos ha acusado de ninguna falta. Esto viola el derecho a ser presumido inocente y a la privacidad de comunicaciones. Estas medidas, convierten a cada ciudadano en sospechoso y lo trata como criminal, sin que tengamos recurso o medio alguno.

La Estrategia.

Lo siguiente es presentar el amparo, y esperar dos cosas, el debate en medios, que ya empezó y que considero que debe seguir, y la respuesta del poder judicial a los juicios.

Con los juicios puede haber tres respuestas: si, no y no lo sé.

Un SI es que las sentencias concedan el amparo y consideren las medidas de vigilancia como inconstitucionales. De ser el caso, entonces se abre la puerta a una reforma a la ley, o a más amparos en su contra, hasta que la aplicación de las medidas de vigilancia sea imposible.

Un NO es que las sentencias nieguen el amparo, y confirmen que las medidas son inconstitucionales. En este caso, habremos perdido la vía legal, pero sabremos que el poder judicial no nos apoya y que tal vez es necesario clarificar el texto constitucional, vía una reforma constitucional.

Un NO LO SE, es que haya sentencia contradictorias al respecto. Esto no sería extraordinario, y abre la puerta a una tercera opción: La Suprema Corte. Cuando dos tribunales o más, toman decisiones distintas en un mismo asunto, o asuntos similares, la regla es que lo decida el superior. Si al final de los juicios no hay claridad, el Pleno de Circuito especializado o la Suprema Corte, deberán estudiar y decidir sobre la constitucionalidad de las medidas de vigilancia. Esto cambiaría el nivel del debate y será para los curiosos del tema, una oportunidad histórica, pues sin importar lo que decida la corte, habrá una regla clara y directa de los alcances de la privacidad en México.

Más Información.

Para los interesados en conocer más, les dejo algunos archivos:

El Amparo que presentó Marcelo Ebrard, y que esta en su página web.

El Amparo que presentamos nosotros, y quienes somos nosotros.

La opinión de un amigo, Miguel Guevara, sobre el tema: en Animal Político, dos veces, y en Foro TV.

La opinión de nosotros sobre el tema, en Cambio: 24 de Agosto, 7 de Abril.

Finalmente, los amparos presentados son los siguientes:

1.- Amparo por nosotros: 113/2014 (Jdo. 1 Especializado).
2.- Amparo por Miguel: 124/2014 (Jdo. 2 Especializado).